El senado aprobo con cambios la ley de bosques

El senado nacional aprobó con cambios la ley de protección de los bosques nativos. De esta forma la ley volverá a diputados. El proyecto ya había sido aprobado en general por unanimidad en la sesión de la
semana pasada, pero los legisladores de las provincias del norte estaban en
desacuerdo en varios puntos, y se ingresó en un cuarto intermedio hasta
hoy. Ahora se votó artículo por artículo, y en todos los casos se aprobó
con más de dos tercios de los senadores presentes, por lo que los diputados
deberían reunir la misma mayoría calificada para insistir en el texto
anterior. Luego de numerosos contactos entre los senadores en los días
previos, se acordó constituir un Fondo de Compensación compuesto por un mínimo
del 0,3 por ciento del Presupuesto Nacional, más el 2 por ciento del total de
las retenciones de las exportaciones agropecuarias, lo cual sumará casi mil
millones de pesos.


 
En este punto hubo un desacuerdo sobre el alcance de
las retenciones, pues el texto acordado horas antes se refería al total de las
exportaciones, pero el titular de la bancada oficial, Miguel Angel Pichetto,
intervino para aclarar que su bloque sólo lo aprobaría si se limitaba a los
productos agrícolas.

El proyecto fija que el monto recaudado se destinará
en un 70 por ciento a compensar a los titulares de las tierras en cuya
superficie se conservan bosques nativos, sean públicos o privados.

En
tanto, el 30 por ciento restante se dará a la autoridad de aplicación de cada
jurisdicción, para desarrollar y mantener una red de monitoreo y sistemas de
información de sus bosques nativos.

Además, el tema de la moratoria de
las talas contemplada en el texto original, que era cuestionada por los
senadores del norte, se saldó exceptuando de la ley a los terrenos de hasta diez
hectáreas que sean propiedad de comunidades aborígenes o pequeños
productores.

La norma aprobada establece presupuestos mínimos de
protección ambiental para el enriquecimiento, la conservación, aprovechamiento y
manejo sostenible de los bosques nativos, y de los servicios ambientales que
brindan a la sociedad.

Se encuentran comprendidos tanto los bosques
nativos de origen primario, donde no intervino el hombre, como aquellos de
origen secundario formados luego de un desmonte, así como aquellos resultantes
de una recomposición o restauración voluntaria.

Una de las modificaciones
introducidas al proyecto es que cada jurisdicción definirá el concepto de bosque
nativo secundario, atendiendo a las características propias de su
territorio.

En su último artículo, se determina que el Poder Ejecutivo
deberá reglamentar esta ley y constituir el fondo compensador en un plazo máximo
de noventa días desde su promulgación.
           

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