Fallo contra las apps de mensajería y de reparto de alimentos
La Justicia porteña le ordenó al gobierno de la ciudad de Buenos Aires prohibir de “forma inmediata” el funcionamiento de Rappi, Glovo y Pedidos Ya por incumplir con los requisitos mínimos de seguridad establecidos en el Código de Transporte, que afectan principalmente a los repartidores. A las pocas horas, la Secretaría de Transporte porteña recusó al magistrado interviniente.
El fallo del juez Gallardo
Según un relevamiento, casi el 80 por ciento de los trabajadores circula con la caja de delivery cargada en la espalda, cuando debería estar sujeta a la moto o bicicleta, el 70 por ciento no cuenta con ningún tipo de seguro y más de la mitad no usa casco.
El fallo remarca que la responsabilidad es de las empresas y no de los repartidores que muchas veces son multados por los agentes de tránsito por este tipo de faltas. “Vemos con buenos ojos el fallo, pero nos preocupa que las plataformas descarguen estas obligaciones con más costos sobre los trabajadores”, resaltaron desde la Asociación de Personal de Plataformas (APP).
El fallo firmado por el juez Andrés Gallardo ordena prohibir la actividad de las plataformas de mensajería y reparto de alimentos hasta que las empresas no garanticen las condiciones de seguridad de los trabajadores. Quien debería ejecutar la orden es el Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Transporte o de Trabajo. Para Gallardo son las empresas las que deben asegurar que los repartidores circulen con casco, que la caja portaobjetos esté correctamente colocada, que tanto las bicis como las motos tengan luces y bandas refractarias y que los conductores circulen con seguro de vida y accidentes.
Para el titular del juzgado Nº2 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario, el servicio de mensajería que brindan estas plataformas “se realiza en franca transgresión a la normativa vigente y sin que se les exija, al menos, dar cumplimiento a las normas básicas en materia de seguridad”. Gallardo también solicitó que el Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat ejecute un “plan de contingencia económica y social” para compensar la reducción del ingreso de los repartidores mientras dure la prohibición del servicio.
La decisión judicial llegó luego de un relevamiento realizado por la Policía de la Ciudad sobre un total de 691 motos y bicis que prestaban servicios para las firmas Rappi Arg. S.A.S., Kadabra S.A.S. (Glovo) y Pedidos Ya S.A. Del total de los repartidores en bicicleta (417), el 67 por ciento circulaba sin casco, el 77 lo hacía con la caja de delivery sobre la espalda y el 70 por ciento no contaba con ningún tipo de seguro. En el caso de las motos, la mayoría de los repartidores llevaba casco aunque casi la mitad cargaba la caja sobre los hombros y no poseía seguro alguno. El informe añade que en tan sólo un mes se registraron 25 accidentes en la vía pública con repartidores afectados.
Registrar a los trabajadores
La Asociación de Personal de Plataformas (APP), el sindicato formado recientemente para defender los derechos laborales de los repartidores de las apps, tomaron el fallo con cautela. Vieron con buenos ojos que la Justicia descargue la responsabilidad en las empresas, pero les preocupa que las plataformas descarguen a su vez esta carga en los trabajadores con mayores gastos u obstáculos para trabajar. “Es importantísimo que el fallo descargue todo el peso de la ley sobre las plataformas, pero el problema es que en la calle las multas recaen sobre los trabajadores. La Policía para a los repartidores como si fueran motochorros”, advirtió Juan Manuel Ottaviano, abogado laboralista y representante de APP.
Lo más importante para el abogado, y que no contempla el fallo, sería que se obligue a las plataformas a registrar a los trabajadores para que sean las empresas las que deban hacerse cargo de los costos del seguro y de todas las regulaciones municipales con respecto a la seguridad vial y el traslado de alimentos. “Los repartidores en bici deberían tener por ejemplo un seguro de riesgos contra terceros y ART pero la plataforma los obliga a contratar un seguro de responsabilidad civil”.
Recusación
Según el texto de la recusación efectuada por la Secretaría de Transporte de la CABA que encabeza Juan José Méndez, el pedido se realiza ante «la falta de imparcialidad evidenciada en el tratamiento de la causa» por parte del juez Andrés Gallardo, titular del Juzgado N° 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario.
El magistrado «efectúa juicios de valor acerca de los hechos debatidos en los autos principales, que evidencian la imposibilidad de efectuar un análisis equilibrado y equidistante de la cuestión sometida a su análisis, lo cual obliga a mi mandante a recusar nuevamente al magistrado», se agrega en los fundamentos de la recusación.