Oficializaron la apertura de locales gastronómicos al aire libre en la Ciudad

Por medio de la Decisión Administrativas 1600/2020 publicada en el Boletín Oficial, el gobierno de Alberto Fernández habilitó la atención al aire libre en los locales gastronómicos de la ciudad de Buenos Aires.

La normativa habilita «la actividad gastronómica al aire libre, exclusivamente en vereda, calzada u otros sectores del espacio público, sin el uso de espacios o salones interiores, patios interiores, terrazas jardines o similares», y exceptúa a las personas «afectadas a dicha actividad, exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio».

En su artículo 2 aclara que sólo podrán ofrecer este servicio aquellos comercios que contaran «con habilitación para funcionar al aire libre, en vereda, calzada u otros sectores del espacio público otorgada por la autoridad correspondiente de la jurisdicción con anterioridad al dictado de la presente decisión administrativa».

Los dueños de los bares y restaurantes deberán además «garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de Covid-19

Así es el protocolo de funcionamiento:

* Alcance: El protocolo es de aplicación al personal, sea propio o contratado, afectado a establecimientos dedicados a la actividad gastronómica e incluye a los dueños del local, como así también a los clientes.

* Personal desafectado: Dentro de la nómina de personal que desarrolle las actividades, están dispensadas del deber de asistencia al lugar de trabajo quienes están incluidos dentro del denominado grupo de riesgo y aquellos cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente.

* Modalidad de prestación del servicio: El servicio solo podrá desarrollarse en aquellas áreas gastronómicas sobre calzada y espacios públicos habilitados a tal fin con anterioridad a la cuarentena.

* Pautas de higiene para trabajadores y dueños:

– Se debe mantener la distancia interpersonal de al menos 1.5 metros.

– Uso de cubrebocas en todo momento tanto para el personal como para las personas ajenas al establecimiento.

– No acudir al trabajo en caso de presentar cualquier síntoma compatible con sospecha de infección por Covid-19. Informar al superior.

– Toser o estornudar sobre el pliegue del codo o utilizar pañuelos descartables.

– No llevarse las manos a la cara.

– Procurar que los ambientes se encuentren bien ventilados.

– Desinfectar con jabón, detergente y/o alcohol los objetos que se usan con frecuencia.

– En caso de presentar síntomas, aunque sean leves, no automedicarse e informar inmediatamente a su superior.

– Evitar dar la mano, abrazar o besar a otras personas.

– No compartir el mate, vajilla, ni utensilios.

* Se recomienda además:

– Controlar la temperatura de los trabajadores previo a la entrada al establecimiento, la cual debe ser menor de 37.5ºC. Asimismo, interrogar acerca de la presencia de síntomas. En caso de presentar fiebre y/o síntomas compatibles con sospecha de Covid, no ingresar al trabajo.

– Informar la presencia de síntomas compatibles con sospecha de Covid-19

– Mantener una distancia social de 1,5 metros con el cliente con demarcación visible, para puestos de trabajo como cajeros y mesones de atención.

– Desinfectar su lugar de trabajo con alcohol antes y después de atender.

– Aquellos que manipulen alimentos reforzarán la higiene de las manos, con el lavado frecuente con agua y jabón o el uso de alcohol gel.

* Acceso al establecimiento:

– Se debe colocar cartelería visible en el establecimiento, con información actualizada sobre métodos de prevención para el COVID- 19.

– Se debe poner a disposición del público, alcohol en gel o satinizante en accesos a los establecimientos .

– Señalizar cantidad máxima de personas por área de servicio y controlar que no se supere la misma, cumpliendo las pautas de distanciamiento.

* Atención al cliente:

– Solo se podrá ofrecer el servicio con reserva anticipada de mesa a fin de planificar la cantidad de comensales desde el día anterior, previendo un tiempo prudente de permanencia en el espacio para cada cliente/reserva y cumplimiento del distanciamiento social. Asimismo, informar las condiciones de la reserva, tales como tiempo de tolerancia, horarios de atención, menú disponible, opciones particulares, cantidad máxima de comensales por cada reserva, condiciones de accesibilidad del local, así como cualquier medida dispuesta para la permanencia en el mismo.

– Se deberá exhibir el menú en carteles, atriles o pizarras, dispuestos en el exterior del local, presentar la carta en formato digital, descartable o plastificada para facilitar su desinfección, de modo de propender al cumplimiento del distanciamiento social.

– Durante el ingreso y la permanencia de personas en las instalaciones externas del establecimiento se debe requerir el uso de tapabocas que cubra la nariz, la boca y el mentón, mientras las normas lo exijan. Los comensales podrán quitarse el tapabocas solamente para ingerir alimentos y/o bebidas.

– Priorizar la utilización de servilletas y mantelería de un solo uso. Se sugiere utilizar individuales y retirarlos luego de cada uso para su limpieza y desinfección. En caso de tener que utilizar manteles, cubrirlos con un protector de nylon cristal para facilitar su limpieza, o bien cambiarlos tras la utilización de cada cliente.

– La vajilla se lavará con agua caliente y detergente y una vez seca, se desinfectará con alcohol al 70%.

– Los utensilios, platos, vasos, etc. se colocarán en la mesa con la llegada de los comensales.

– Brindar el servicio con personal propio del establecimiento

– No está permitido el autoservicio de alimentos, solo platos a la carta, en porciones individuales.

– Asegurar la desinfección de los utensilios utilizados entre comensal y comensal.

– Las bebidas se expenderán cerradas en botella o lata.

– Se recomienda desestimar el uso de elementos compartidos que sean de difícil desinfección.

– Los insumos correspondientes al “servicio de mesa” (pan, hielo, servilletas, aderezos) serán provistos al comensal por el personal de servicio en el momento del mismo. Para evitar su contaminación, estos elementos no deben quedar en las mesas. Las piezas de pan y el hielo no deben tomarse con las manos. Deberán ser servidos en los recipientes correspondientes mediante el uso de pinzas de uso exclusivo para cada producto. Tanto las pinzas como las hieleras y paneras deberán limpiarse y desinfectarse entre servicios.

– El personal de servicio deberá suministrar a los comensales cuando ocupen la mesa, alcohol en gel para desinfección de manos.

* En el interior del local:

– Se deberá ofrecer alcohol en gel en todos los espacios comunes y garantizar la provisión de agua, jabón y toallas descartables en sanitarios, asegurando su reposición.

– Solo se podrá ingresar al establecimiento para acceder a los sanitarios.

– Generar, en la medida de lo posible, un solo sentido de circulación, disponiendo un área de ingreso y otra de egreso principal y a los distintos sectores del establecimiento, evitando el cruce entre personas y reduciendo la proximidad entre las mismas.

– Incorporar señalética que organice la circulación de las personas e identifique los diferentes espacios.

– Señalizar claramente y bloquear el acceso a las áreas que se encuentren restringidas. • Siempre que sea posible se aislará al trabajador de las personas externas al establecimiento. Asimismo, de ser posible, se colocarán mamparas o pantallas para separar al/los trabajador/es del público en general.

– Disponer contenedores de residuos en el interior del establecimiento.

– No estará habilitado el acceso ni servicio en los salones internos de los establecimientos, salvo para ir a los sanitarios. Se debe inhabilitar el acceso a áreas de juegos.

* En las veredas:

– El servicio gastronómico solo podrá ofrecerse sobre calzada y espacios públicos utilizando los espacios que cuenten con permiso del gobierno porteño a tal fin.

– La distancia entre las mesas deberá ser como mínimo de 2 metros y la distancia, de ser posible, entre los comensales en cada mesa deberá ser de 1,5 metros.

– Las mesas deberán ser como máximo para una capacidad de cuatro personas.

– Las mesas y superficies deberán limpiarse y desinfectarse luego de que se retire cada comensal y previo a que se siente uno nuevo.

– Las personas deberán mantener una distancia de un 1,5 metros en todo momento.

* Medios de pago: Se recomienda el uso de medios de pago electrónicos. En caso de que el pago se realice a través de tarjetas de crédito o débito, se deberán desinfectar tanto las tarjetas como el posnet utilizado con solución de agua y alcohol. En la medida de lo posible, se recomienda usar mamparas o pantallas en las cajas de cobro que aseguren la protección de vendedor/cliente.

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