Protocolo para el regreso del servicio doméstico en la Ciudad

Por medio de la Decisión Administrativa 1864/2020 publicada el 14 de octubre en el Boletín Oficial, el gobierno de Alberto Fernández autorizó el regreso a la actividad de las trabajadoras de casas particulares en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires, siempre y cuando tengan un único empleador y bajo un estricto protocolo sanitario.

Aquí el detalle de las condiciones a cumplir por parte de empleados y empleadores para el regreso a la actividad:

* Están dispensadas de volver a trabajar las personas que integran el denominado grupo de riesgo.

* Sólo podrán prestar servicio en esta primera etapa quienes tengan un único empleador.

* No podrán utilizar el servicio público de pasajeros.

* Los empleadores deberán costear los traslados de las trabajadoras.

* Se recomienda establecer horarios de entrada y salida para el trabajador, donde haya menor aglomeración de personas en el domicilio y de este modo asegurar el distanciamiento personal en todo momento

* Se deberán reforzar todas las medidas de higiene personal y utilizar de manera permanente el tapaboca y/o un protector facial.

* Los trabajadores/as cuya actividad comprenda la atención o contacto con otras personas deberán utilizar protectores faciales de manera obligatoria.

* Los elementos básicos de protección serán provistos por el empleador.

* Se deberá mantener el ambiente laboral bien ventilado abriendo puertas y ventanas.

* Se deberá realizar la limpieza de modo tal que reduzca la dispersión de polvo o suciedad que puedan contener microorganismos.

* Evitar actividades que favorezcan el levantamiento de partículas en suspensión, como escobas y aspiradoras.

* Se deberá limpiar y desinfectar en primer lugar superficies elevadas y superficies de alto contacto (picaportes, teclas de luz, timbre, perillas de horno, entre otras) y finalmente el suelo.

* Se deberán limpiar todas las superficies de trabajo con agua y detergente, y desinfectar las mismas con solución con lavandina al 10% (10 ml de lavandina de uso doméstico en 1 litro de agua) o alcohol al 70%. Puede utilizarse un envase con pulverizador.

* En caso de manipular alimentos los trabajadores deberán lavar y desinfectar los mismos luego de la compra y lavarse las manos antes y después de prepararlos.

* En caso de manipular ropa sucia no se deberá sacudir, debiendo colocarla directamente en el lavarropas.

* La ropa que el personal utilice para trabajar será distinta de la utilizada para trasladarse a y desde el lugar de trabajo. Dicha vestimenta utilizada durante el desarrollo de la jornada laboral debe ser lavada con detergentes habituales a más de 60°C.

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